Si usted quiere casarse por lo civil en España con una persona extranjera, primero debe tramitar un expediente matrimonial. Este trámite se realiza en el Registro Civil, en una notaría o en un consulado, según el lugar de residencia de los contrayentes. Necesitará documentos básicos como partida de nacimiento, certificado de empadronamiento, fe de vida y estado civil, DNI o pasaporte, y si estuvo casado antes, el certificado de divorcio o defunción del cónyuge. El contrayente extranjero debe aportar su partida de nacimiento, certificado de soltería, certificado de capacidad matrimonial (Nulla Osta), pasaporte completo y traducciones juradas legalizadas o apostilladas. Ambos deben asistir a una entrevista para comprobar que no es un matrimonio de conveniencia. La boda puede celebrarse en el Registro Civil, en el Ayuntamiento o ante notario.

Última actualización: 11 de junio de 2025
Autor:
Jaime Carrión | LinkedIn

La ley española permite el matrimonio civil entre un ciudadano español (o de la Unión Europea) y un ciudadano extranjero sin importar el estatus migratorio de este último. También pueden casarse dos ciudadanos extranjeros en España, siempre que al menos uno de ellos esté empadronado (residencia registrada) en territorio español. A continuación se detallan los requisitos legales, la documentación necesaria y el procedimiento paso a paso para contraer matrimonio civil en España con un contrayente de otra nacionalidad, contemplando diferentes situaciones (residencia en España o en el extranjero) y destacando variaciones según la nacionalidad del cónyuge extranjero.
Tenga en cuenta que es necesario presentar una traducción jurada de toda la documentación que no se encuentre en español. La traducción debe realizarse a cargo de un traductor jurado acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Requisitos legales para contraer matrimonio civil

Antes de iniciar los trámites, usted debe asegurarse de cumplir los requisitos legales básicos que exige el Código Civil español para cualquier matrimonio civil:

Requisito Descripción
Edad mínima Ambos contrayentes deben ser mayores de 18 años (o mayores de 16 si están legalmente emancipados).
Estado civil Ninguno de los dos debe estar casado actualmente. Si alguno tuvo un matrimonio previo, deberá acreditar la disolución legal del vínculo (divorcio, nulidad o defunción del cónyuge anterior).
Parentesco No puede existir parentesco directo ni colateral hasta el tercer grado. No pueden casarse padres e hijos, abuelos y nietos, hermanos, tíos con sobrinos, ni primos hermanos.
Ausencia de impedimentos penales Prohibido el matrimonio entre personas condenadas por haber participado como autores o cómplices en la muerte dolosa del cónyuge de una de ellas, salvo dispensa del Ministro de Justicia.
Consentimiento libre Ambos deben consentir libremente el matrimonio. Se verificará individualmente que la decisión es voluntaria y no existe matrimonio de conveniencia.

Cumplir estas condiciones es obligatorio. Cualquier impedimento no resuelto puede resultar en la denegación del expediente matrimonial o la nulidad del matrimonio una vez celebrado.

Documentación necesaria para el expediente matrimonial

Para celebrar un matrimonio civil en España es obligatorio tramitar previamente un expediente matrimonial ante el Registro Civil o notario competente, donde se verifica que ambas partes reúnen los requisitos y no hay impedimentos legales. Usted deberá reunir varios documentos oficiales antes de presentar la solicitud.

Todos los documentos extranjeros (certificados de nacimiento, soltería, etc.) tienen que presentarse legalizados o apostillados y si no están en español, acompañados de traducción jurada.

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A continuación se detalla la documentación típica requerida, diferenciando entre el contrayente español (y ciudadano de la UE residente) y el contrayente extranjero:

Documentos del contrayente español (o ciudadano comunitario residente en España):

Documento Descripción
Certificado literal de nacimiento Expedido por el Registro Civil español. Acredita identidad, fecha de nacimiento y estado civil.
Certificado de empadronamiento Acredita domicilio en España durante los últimos dos años. Emitido por el Ayuntamiento correspondiente.
Fe de vida y estado civil Acredita que está vivo y su estado civil actual. Se obtiene en el Registro Civil o Consulado si reside en el extranjero.
Documento de identidad Copia del DNI español o pasaporte en vigor, por ambas caras.
Certificado de matrimonio anterior o defunción del cónyuge Aporta en caso de matrimonios previos. Puede ser certificado con anotación de divorcio o defunción del cónyuge. Documentos extranjeros deben estar legalizados y traducidos.

Documentos del contrayente extranjero: (cuando el futuro cónyuge no tiene nacionalidad española)

Documento Descripción
Certificado de nacimiento Acta de nacimiento original del país de origen en formato multilingüe o traducido al español. Legalizado o apostillado según corresponda.
Certificado de soltería o estado civil Documento oficial que acredita que no está casado. Puede llamarse certificado de soltería, estado civil, no matrimonio o similar. Legalizado/apostillado y traducido al español si procede.
Certificado de capacidad matrimonial (Nulla Osta) Documento expedido por el consulado o embajada que acredita que tiene capacidad legal para casarse. Imprescindible en muchos casos.
Certificado consular de inscripción y residencia Documento que informa sobre la nacionalidad, domicilio o residencia actual y estado civil. Puede sustituirse por empadronamiento en España si vive aquí.
Pasaporte vigente Copia completa del pasaporte (todas las páginas). Si reside en España, también debe aportar NIE o tarjeta de identidad de extranjero.
Testigos para el expediente Dos testigos mayores de edad que conozcan a la pareja. No deben ser familiares directos. Deben identificarse con DNI o pasaporte.

Tramitación del expediente matrimonial civil

Una vez reunida toda la documentación, el siguiente paso es iniciar el expediente matrimonial. Este trámite previo es obligatorio y tiene por objeto comprobar que la pareja cumple la ley y no existen impedimentos para casarse. Dependiendo de la situación de residencia de cada contrayente, el expediente puede tramitarse ante distintas autoridades:

  • Si ambos contrayentes residen en España: Deberán acudir al Registro Civil que corresponda al domicilio de uno de ellos. Desde 2021, también es posible optar por tramitar el expediente ante un Notario esto agiliza mucho el proceso. En ambos casos se presenta una solicitud de matrimonio firmada por los dos contrayentes, acompañada de todos los documentos recopilados. El Registro Civil o notario abrirá el expediente y asignará un número de expediente matrimonial.
  • Si uno de los contrayentes reside en el extranjero: Es posible tramitar el expediente a través del Consulado de España correspondiente. Una vez que expida la autorización de matrimonio o certificado de capacidad matrimonial, podrán celebrar la boda en España presentando esa autorización.
  • Dos extranjeros no españoles: Pueden contraer matrimonio civil en España siempre que al menos uno esté empadronado o tenga residencia en España.

Celebración de la boda civil

Obtenida la autorización, llega el momento de la celebración del matrimonio civil en sí. En España, el matrimonio civil puede celebrarse ante varias autoridades competentes, según la elección de los contrayentes:

Opción de celebración Descripción Testigos y certificado
Registro Civil o Juzgado Ceremonia ante el Juez Encargado o Letrado de Justicia en el Registro Civil o Juzgado de Paz. Puede celebrarse ante quien tramitó el expediente u otro Juez de Paz. Se requiere la presencia de dos testigos mayores de edad. Tras la firma, se entrega un certificado de matrimonio.
Ayuntamiento Ceremonia ante el Alcalde o Concejal delegado en el salón de plenos del Ayuntamiento. Requiere coordinación y reserva previa con el municipio. Se requiere la presencia de dos testigos mayores de edad. Tras la firma, se entrega un certificado de matrimonio.
Notario Ceremonia ante notario. El notario levanta la escritura pública de matrimonio, válida civilmente. Se inscribe en el Registro Civil. Permite mayor flexibilidad de fechas. Se requiere la presencia de dos testigos mayores de edad. Tras la firma, se entrega una copia autorizada del acta notarial.
Matrimonio por poderes Permite casarse sin que uno de los contrayentes esté presente físicamente. Solo es posible una vez aprobado el expediente matrimonial. Requiere poder notarial especial. Los testigos firman en nombre de uno de los contrayentes, representado por poder notarial. Se entrega certificado como en otros casos.

Consideraciones especiales según la nacionalidad del cónyuge extranjero

Aunque el proceso general es el mismo, algunas nacionalidades con mayor presencia en España presentan requisitos o trámites particulares. A continuación se destacan casos y consejos relevantes para ciertos países:

Nacionalidad Consideraciones
Marruecos Certificado de soltería o divorcio con ‘certificat de non remariage’. Requiere autorización de capacidad matrimonial. Matrimonio local solo religioso. Documentos legalizados y traducidos.
Reino Unido Solicitar ‘Certificate of No Impediment (CNI)’. Se obtiene tras publicar edictos. Declaración jurada aceptada por el Registro Civil español. El trámite puede tardar semanas.
Países de Latinoamérica (Colombia, Venezuela, Ecuador, República Dominicana, etc.) Certificados de soltería o actas de estado civil emitidos por registros nacionales. En algunos casos se deben publicar edictos en consulados. Apostilla necesaria. Consultar requisitos en cada consulado.
Rumanía, Ucrania y Europa del Este Documentos multilingües aceptados sin traducción. Verificar si se exige certificado de capacidad matrimonial. Todos deben llevar la Apostilla de La Haya.
Cuba Los documentos deben legalizarse en MINREX y luego en el Consulado de España en La Habana. Requieren traducción jurada si no están en español.
Brasil Documentos apostillados. El ‘Atestado de Estado Civil’ debe obtenerse en cartorio o vía consular.Documentos legalizados y traducidos.
China y otros países no hispanohablantes Todos los documentos requieren traducción jurada. Legalización en el Ministerio de Exteriores chino y en el Consulado de España. Se requiere certificado de soltería y de nacimiento.

Por último, tenga en cuenta que después de casarse, el cónyuge extranjero puede solicitar en España la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (si se ha casado con un ciudadano español o de la UE). Este trámite de extranjería permite la residencia legal y trabajo en España. Además, si su cónyuge es español, el cónyuge extranjero podrá, tras un año de residencia legal en España estando casados, solicitar la nacionalidad española por matrimonio. Estos beneficios hacen que muchos extranjeros quieran contraer matrimonio legítimo; sin embargo, es fundamental que usted siga todos los pasos legales rigurosamente, ya que las autoridades revisan cada expediente con detalle para evitar fraudes.

Resumen: Casarse por lo civil en España con una persona extranjera implica reunir cierta documentación adicional (partidas de nacimiento extranjeras, certificados de soltería/capacidad matrimonial, traducciones y legalizaciones) y cumplir un proceso administrativo de autorización previa (expediente matrimonial). No obstante, si la relación es auténtica y se gestionan los papeles correctamente, el matrimonio civil se celebrará con plenos efectos legales. Siga un orden claro: primero reúna sus documentos y los de su pareja, luego inicien el expediente en el lugar correcto (Registro Civil, notaría o consulado, según el caso) y finalmente planifiquen la ceremonia civil. Con asesoramiento adecuado y paciencia, podrá contraer matrimonio legalmente en España y comenzar esta nueva etapa con todas las garantías jurídicas.

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