Si usted desea conducir en España con un permiso extranjero, debe tener en cuenta lo esencial: los permisos de la UE y del EEE son válidos sin límite mientras estén vigentes, aunque deberá renovarlos en España al caducar; los permisos de países con convenio (como Marruecos, Colombia, Argentina, Ecuador, Venezuela, Perú, o Reino Unido) le permiten conducir durante seis meses desde que obtiene la residencia y después debe canjearlos en la DGT, en algunos casos con pruebas si se trata de vehículos pesados; los permisos de países sin convenio (como Estados Unidos, México o Cuba) solo valen seis meses y, pasado ese plazo, usted tendrá que obtener un carnet español nuevo superando exámenes; si su permiso no está en castellano, necesitará una traducción oficial o un permiso internacional; y si no cumple estas reglas, conducir será ilegal y conllevará sanciones.

Jaime Carrión | LinkedIn
Si usted posee un permiso de conducción expedido en un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega), puede conducir en España con su licencia extranjera sin necesidad de realizar ningún trámite adicional. España reconoce plenamente estos permisos mientras estén vigentes. Por ejemplo, un permiso de conducir de Francia o de Rumanía es válido en territorio español igual que un permiso nacional. El canje por un permiso español equivalente es voluntario mientras su carnet europeo esté en vigor. Solo tendrá que cambiarlo por un permiso español cuando su licencia caduque, ya que la renovación debe gestionarla en España (lo que implica el canje a un permiso español).
Tenga en cuenta que, si su permiso europeo tiene una validez indefinida o muy prolongada (por ejemplo, vigencia mayor a 15 años para permisos de tipo B), la normativa española le obliga a renovarlo una vez transcurridos dos años desde que establezca su residencia en España.
Permisos de conducir de países con convenio bilateral
España tiene acuerdos bilaterales para convalidar (canjear) permisos de conducir con numerosos países extracomunitarios. Si su licencia de conducción fue emitida en alguno de estos países, usted puede conducir en España con su carnet extranjero durante los primeros seis meses desde que obtiene la residencia legal en el país. Después de seis meses debe canjear su permiso por un permiso español equivalente si desea seguir conduciendo legalmente.
Los convenios de canje le permiten obtener un carnet de conducir español sin tener que examinarse de nuevo, siempre que cumpla las condiciones administrativas. En general, no se requiere examen práctico ni teórico para canjear permisos de coche o moto (clases A1, A2, A o B) expedidos en países con convenio; el canje es directo. Solo en el caso de licencias profesionales (camiones, autobuses, etc.) podrían exigirse pruebas prácticas o teóricas adicionales.
Permisos de conducir de países sin convenio (no homologables)
Si su país de origen no tiene un convenio de canje de permisos con España, su licencia extranjera no se puede canjear directamente. En este escenario, usted puede conducir en España solo temporalmente con su permiso foráneo, cumpliendo con ciertas condiciones, pero no más de seis meses desde que fija su residencia en el país. Es imprescindible que en todo momento su carnet esté en vigor y que cumpla los requisitos formales para ser válido aquí: por ejemplo, si el permiso no está en español, debe ir acompañado de una traducción oficial o de un Permiso Internacional de Conducción para que las autoridades españolas lo acepten. El titular debe tener la edad mínima exigida en España 18 años para conducir el vehículo correspondiente.
Transcurridos seis meses de residencia sin convenio, su carnet extranjero deja de tener validez legal en España para conducir. A partir de ese momento, si desea seguir conduciendo, la única opción es obtener un permiso de conducir español nuevo, superando los exámenes teóricos y prácticos igual que lo hace cualquier aspirante local.
Países sin acuerdo: Algunos países importantes no disponen de convenio de canje con España. Por ejemplo, Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, China, India, Pakistán, Nigeria o Sudáfrica no tienen acuerdos, por lo que sus ciudadanos deben obtener un nuevo permiso español si fijan residencia en España. En Latinoamérica, países como Cuba o México tampoco cuentan con convenio de convalidación con España. Si usted proviene de estas naciones, podrá conducir con su licencia extranjera solo durante estancias cortas o en los primeros meses, pero no podrá homologarla; deberá tramitar un permiso español superando los exámenes.
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Procedimiento para canjear un permiso extranjero en España
Si su licencia de origen es canjeable (es decir, proviene de un país de la UE/EEE o de un país con convenio bilateral), deberá seguir un procedimiento administrativo ante la Dirección General de Tráfico (DGT) para obtener su permiso de conducir español. A continuación se explican los pasos clave del trámite de canje:
- Confirmar la posibilidad de canje: Verifique primero que su país de expedición tiene convenio con España o pertenece a la UE/EEE, y asegúrese de que obtuvo su permiso antes de fijar su residencia en España. El canje solo es posible si el carnet extranjero fue emitido antes de su alta como residente español. Si obtuvo ese permiso siendo ya residente legal en España, o si su licencia extranjera es a su vez resultado de un canje previo de un tercer país sin convenio, no podrá realizarse la convalidación. Ejemplo: en el caso de Argentina, la DGT exige un Certificado de Legalidad y Antigüedad del permiso argentino (emitido por la municipalidad donde obtuvo su carnet y legalizado con la Apostilla de La Haya) para poder tramitar el canje. Infórmese si su país requiere algún documento específico similar antes de iniciar el trámite.
- Obtener un informe médico (psicotécnico): Antes de solicitar el canje, acuda a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado en España para obtener el informe de aptitud psicofísica necesario. Este certificado médico de conducción evalúa su vista, reflejos, aptitudes psicomotoras y estado de salud en general. Es obligatorio para cualquier trámite de licencia y tiene una validez de 90 días, por lo que debe estar vigente durante el proceso de canje.
- Solicitar el canje a la DGT: Inicie la solicitud de canje de su carnet extranjero ante la Dirección General de Tráfico. Actualmente existen dos vías: presencial con cita previa o en línea. La DGT ha habilitado un nuevo sistema que permite tramitar el canje digitalmente si su país tiene convenio bilateral con España. A través de la Sede Electrónica de la DGT (con certificado digital o sistema Cl@ve de identidad) o mediante la aplicación móvil mi DGT, usted puede completar la solicitud telemáticamente. Durante el proceso deberá aportar la documentación requerida, que incluye el formulario de solicitud cumplimentado, su documento de identidad (NIE, DNI o pasaporte), la acreditación de residencia en España (tarjeta de residencia vigente para no comunitarios, o certificado de registro de ciudadano de la UE), y el permiso de conducir original en vigor, entre otros documentos. También deberá adjuntar una fotografía reciente tipo carnet en color. En el trámite online, el sistema le guiará paso a paso y le indicará si necesita aportar información adicional.
- Verificación internacional: Si su permiso procede de ciertos países, antes de conceder el canje la DGT realizará una verificación de la validez de su licencia ante la autoridad emisora original. La DGT envía una consulta al país de origen para confirmar que el permiso es auténtico y válido. Solo cuando el país responde afirmativamente, se autoriza continuar con el trámite de canje. Usted recibirá una notificación cuando su licencia extranjera haya sido verificada positivamente.
- Pruebas de aptitud (si aplican): En la mayoría de los casos, el canje de un permiso extranjero común (categorías de turismo o motocicleta) no requiere exámenes: la DGT le expedirá el permiso español equivalente directamente. Sin embargo, si su licencia incluye autorizaciones para vehículos pesados o profesionales (categorías C o D, como camiones o autobuses), es probable que deba superar alguna prueba adicional antes de obtener el permiso español definitivo. Por lo general se exige un examen práctico de conducción e incluso, en algunos casos, una prueba teórica específica sobre reglamentación, para convalidar esas categorías superiores. La necesidad de exámenes depende del convenio con cada país y del tipo de vehículos que habilita su licencia. La DGT le informará durante el trámite si tiene que examinarse. En todo caso, para licencias de tipo A1/A2/A o B (motocicletas y coches de uso particular) no se exigen pruebas y el canje es directo.
- Entrega del permiso original y obtención del nuevo: Ya aprobados los pasos anteriores, deberá presentar su permiso de conducir original (físico) en la Jefatura de Tráfico que tramite el canje. La autoridad retendrá su carnet extranjero y, a cambio, le entregará un permiso provisional español (en papel) con el que podrá conducir legalmente en España. Ese permiso provisional tiene una vigencia limitada, mientras la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre emite su permiso definitivo en formato tarjeta. En unas semanas, la DGT le enviará por correo postal su nuevo permiso de conducir español. El permiso español sustituye la licencia anterior (de hecho, la autoridad extranjera emisora suele ser notificada del canje, y su carnet original quedará depositado en Tráfico o será devuelto al país emisor según el convenio). A partir de entonces, ya podrá conducir con su carnet español en las mismas condiciones que cualquier conductor nacional.
Permiso Internacional de Conducción y traducción del carnet extranjero
Para estancias temporales o viajes de corta duración en España, es muy recomendable obtener en su país un Permiso Internacional de Conducción (PIC) antes de venir. El PIC es un documento reconocido mundialmente que traduce su licencia en varios idiomas y certifica su validez según convenios internacionales. Tiene una vigencia de un año y siempre debe presentarse acompañado de su permiso original y de su pasaporte cuando conduzca.
Si usted no dispone de un PIC, entonces su permiso extranjero debe cumplir otras condiciones para ser aceptado provisionalmente en España. En concreto, la ley exige que el carnet esté redactado en castellano o, si no lo está, que vaya acompañado de una traducción oficial al español realizada por un traductor jurado o autoridad competente. Muchas licencias de países no hispanohablantes incluyen datos en inglés o francés; aun así, para mayor seguridad jurídica, es aconsejable llevar una traducción certificada al español si piensa conducir en España con ese documento.
Recuerde que todas estas facilidades (uso de su carnet extranjero con traducción o con Permiso Internacional) aplican solo durante los primeros seis meses de su estancia en España. Si usted planea residir en España por más de seis meses, debe gestionar el canje o la obtención de un permiso español antes de que venza ese plazo de 6 meses para poder seguir conduciendo. Transcurrido medio año, su permiso foráneo dejará de ser válido en territorio español si ya es residente, y conducir con una licencia no válida le expondría a sanciones. En conclusión, para evitar cualquier contratiempo legal, cumpla con el trámite de canje en los plazos indicados o consiga su Permiso Internacional de Conducción si solo viene de visita. De este modo, podrá conducir con tranquilidad y conforme a la normativa vigente en España.
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