Si usted quiere estudiar en España y no es ciudadano de la Unión Europea, necesita un visado de estudiante si su curso dura más de 90 días. Para solicitarlo, primero debe estar admitido en un centro educativo oficial. Después, reúna todos los documentos necesarios: formulario de solicitud, pasaporte, fotos, carta de admisión, prueba de fondos suficientes, seguro médico válido en España, y si el curso dura más de 6 meses, también un certificado médico y uno de antecedentes penales. Debe pedir una cita en el Consulado de España de su país, presentar los documentos y pagar la tasa correspondiente.
Jaime Carrión | LinkedIn
Un visado de estudiante le permite a un ciudadano extranjero residir temporalmente en España con el fin de realizar estudios en instituciones académicas. Este visado es un requisito indispensable para la mayoría de nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea que desean cursar programas educativos de más de 90 días en España. A continuación, se presenta una guía sobre cómo obtener por primera vez un visado de estudiante español, dirigida especialmente a ciudadanos de países con alta presencia migratoria en España (Latinoamérica, Marruecos, etc.), aunque aplicable en términos generales a cualquier solicitante.
¿Quién necesita un visado de estudiante?
Categoría | ¿Necesita visado de estudiante? | Detalles adicionales |
Nacionales extracomunitarios | Sí, si la estancia es superior a 90 días. | Aplica a países como Colombia, Marruecos, Ecuador, Venezuela, Perú, Argentina, Brasil, Cuba, Honduras, República Dominicana, Ucrania, Reino Unido, etc. |
Ciudadanos de la UE/EEE/Suiza | No. | Tienen derecho a residir y estudiar libremente. Deben registrarse en España si la estancia supera los 90 días. |
Estancias cortas (hasta 90 días) | No, pero puede requerir visado Schengen según nacionalidad. | Depende de la nacionalidad: algunos ingresan sin visado; otros requieren visado Schengen. |
Estancias superiores a 90 días | Sí. | Para cursos semestrales, anuales o titulaciones completas; requiere visado nacional tipo D. |
Tipos de visado de estudios según la duración
Las exigencias documentales y condiciones del visado varían ligeramente según la duración de la estancia de estudios prevista:
Duración de estudios | Tipo de visado | TIE | Documentación especial |
Hasta 90 días | No requiere visado de estudiante. Puede solicitar visado Schengen. | No se expide tarjeta de estudiante. | No se exige documentación adicional. |
De 91 a 180 días | Visado nacional tipo D de corta duración. | No necesita TIE. | No se exige certificado médico ni de penales. |
Más de 180 días | Visado nacional tipo D de larga duración. | Debe tramitar TIE en el primer mes en España. | Se exige certificado médico y certificado de antecedentes penales. |
Documentación necesaria para la solicitud inicial
A continuación, se enumeran los documentos y requisitos clave que debe presentar al solicitar su visado de estudiante. Es importante preparar con antelación cada elemento y verificar las instrucciones específicas del Consulado de España donde vaya a tramitar, ya que podrían solicitar documentación adicional según el caso. Los documentos emitidos en el extranjero deben estar legalizados (o apostillados) y traducidos al español por un traductor jurado en caso de no estar originalmente en español.
Documento requerido | Descripción |
Formulario de solicitud de visado nacional | Formulario oficial disponible en el sitio web del Consulado. Debe contener datos personales, del pasaporte y del programa de estudios. Firmado por el solicitante o su representante legal si es menor. |
Pasaporte válido | Pasaporte original con vigencia suficiente para toda la estancia y al menos dos páginas en blanco. |
Fotografías tamaño carné | Fotos recientes tipo carné. Algunos consulados requieren dos fotografías. |
Carta de admisión o aceptación del centro de estudios | Documento oficial que pruebe la aceptación en un programa de estudios en España. |
Justificación de medios económicos suficientes | Debe acreditar medios suficientes para cubrir su estancia. Mínimo 100% del IPREM mensual. Puede demostrarse con fondos propios, becas o patrocinio. Se requiere más si viajan familiares. |
Seguro médico durante la estancia | Seguro médico con cobertura total en España, sin copagos ni periodos de carencia. No se aceptan seguros temporales o de viajes. |
Certificado de antecedentes penales | Solo para mayores de edad y si la estancia supera 6 meses. Certificado legalizado o apostillado y traducido oficialmente si no está en español. |
Certificado médico | Requerido si la estancia supera 6 meses. Certificado firmado por médico colegiado conforme al Reglamento Sanitario Internacional de 2005. |
En Traducción Jurada TV contamos con más de 10 años de experiencia realizando servicios de traducción para trámites oficiales. Solicite su presupuesto sin compromiso o contacte con nosotros por WhatsApp.
Otros documentos según el caso: Además de los mencionados anteriormente, podrían solicitarle ciertos documentos adicionales dependiendo de su situación individual:
- Menores de edad viajando para estudios: Se requiere una autorización de viaje de sus padres o tutores legales.
- Solicitud en país tercero (no de origen): Si usted está residiendo temporalmente en un país extranjero distinto a su nacionalidad, deberá demostrar su residencia legal en el país donde realiza la solicitud.
- Estudios superiores (máster, doctorado): Para programas de posgrado o estudios avanzados, algunos consulados podrían requerir la presentación de su título académico previo (título de licenciatura, grado universitario, etc.) homologado o convalidado en España.
- Billete de viaje (para estancias cortas): Cuando los estudios no superan los 180 días, es frecuente que el Consulado solicite una reserva o billete de avión de regreso a su país de origen o de residencia al término del curso.
- Otros justificantes: En casos particulares, podría requerirse documentación extra, como carta de motivación, certificados de idiomas, comprobante de alojamiento en España , carta de invitación, etc.
Proceso de solicitud paso a paso
Obtener el visado de estudiante implica reunir los documentos y presentarlos ante las autoridades consulares españolas. A continuación se describen los pasos generales a seguir:
Paso | Descripción |
1. Obtener la admisión en un programa de estudios | Asegúrese de estar admitido oficialmente en una institución educativa en España. Verifique que el curso cumpla con los requisitos de duración y carga horaria. |
2. Preparar la documentación necesaria | Reúna con antelación los documentos exigidos. Asegúrese de cumplir con traducciones oficiales, apostillas o legalizaciones y demás formalidades. |
3. Solicitar cita en el Consulado | Solicite una cita en el consulado correspondiente a su lugar de residencia. Verifique si la solicitud se presenta directamente o a través de un centro externo. |
4. Presentar la solicitud en el Consulado | Presente su solicitud personalmente. Lleve el formulario completo, documentos requeridos, pasaporte y pago de tasas. Se le puede tomar huellas y foto digital. |
5. Esperar la resolución | El plazo para resolver puede ser de 1 a 3 meses. No viaje sin tener el visado. Haga seguimiento a su expediente con el número de solicitud. |
6. Retirar el visado y pasaporte | Recoja su pasaporte con el visado cuando el consulado lo indique. Si es menor o designa a un representante, éste podrá retirarlo. En caso de denegación, puede presentar recursos. |
Llegada a España y trámites posteriores
Una vez con su visado en mano ya está listo para viajar a España y comenzar sus estudios. Considere los siguientes puntos finales:
- Entrada en España: Debe ingresar a España dentro del periodo de validez indicado en su visado. En el aeropuerto presente su pasaporte con el visado al oficial, verifique que sellen su pasaporte ya que ese sello será necesario para trámites en España.
- Tarjeta de estudiante (TIE): Si su estancia autorizada es por más de 6 meses, el visado solo le permite la entrada y una permanencia inicial de 90 días en España. Dentro de los primeros 30 días en el país, debe solicitar la Tarjeta de Identificación (TIE) en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía.
- Durante sus estudios: Mientras se encuentre estudiando en España con su visado/TIE de estudiante, cumpla con las condiciones de su autorización. Dedíquese a las actividades académicas para las que se le otorgó la estancia. El visado de estudiante no habilita a trabajar, pero la ley sí le permite realizar ciertas actividades remuneradas a tiempo parcial siempre que sea compatible con sus estudios.
- Al finalizar la estancia: Una vez concluido su periodo de estudios en España, si no planea continuar con otro programa, deberá abandonar el país antes de la fecha de expiración de su visado. Si, por el contrario, desea alargar su estancia por estudios, deberá tramitar la prórroga de estancia por estudios. Estas renovaciones se gestionan dentro de España ante la Oficina de Extranjería correspondiente.
Conclusión: Obtener un visado de estudiante para España requiere organización y atención a los requisitos, pero es un proceso alcanzable si se siguen los pasos y se presentan documentos fiables. Ante cualquier duda específica sobre su situación, se recomienda consultar directamente la información proporcionada por el Consulado de España de su demarcación o buscar asesoría legal especializada en derecho de extranjería. Siguiendo estas indicaciones, usted estará en buen camino para emprender su proyecto educativo en España con todas las garantías legales. ¡Le deseamos mucho éxito en sus estudios!
Aviso Legal
El contenido publicado en Traducción Jurada TV tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Recomendamos que consulte con un profesional del derecho para obtener orientación específica sobre su caso.
Si bien nos esforzamos por ofrecer información precisa y actualizada, no podemos garantizar su exactitud, integridad o vigencia, ni la de los contenidos enlazados en nuestro sitio web.
Traducción Jurada TV no proporciona servicios de asesoramiento jurídico, por lo que la información publicada no debe interpretarse como tal, sino como referencia en el contexto de la prestación de servicios de traducción jurada.
No asumimos responsabilidad por errores, omisiones, pérdidas o daños derivados del uso de la información disponible en nuestro sitio web.
Servicio disponible en toda España
Traductor jurado disponible en el área metropolitana de Madrid, así como en el resto de municipios del extrarradio de Madrid: Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, etc.
Traductor jurado disponible tanto en el área metropolitana de la ciudad de Barcelona, como en el resto de municipios de la provincia: Hospitalet de Llobregat, Badalona, Tarrasa, Sabadell, Mataró, Santa Coloma de Gramanet, Cornellá de Llobregat, etc.
Traductor jurado a su disposición en Valencia, así como en el resto de municipios de la provincia de Valencia: Gandía, Torrente, Sagunto, Paterna, Mislata, Alcira, etc.
Traductor jurado a su disposición en Sevilla, y en el resto de municipios de la provincia de Sevilla: Dos Hermanas, Alcalá de Guadaíra, Utrera, Mairena del Aljarafe, Écija, etc.
Traductor jurado disponible en toda Zaragoza y en el resto de municipios del extrarradio de Zaragoza: Calatayud, Utebo, Ejea de los Caballeros, Tarazona, Caspe, La Almunia de Doña Godina, etc.
Traductor jurado a su disposición tanto en el área metropolitana de la ciudad de Málaga, como en el resto de municipios del extrarradio de Málaga: Marbella, Mijas, Fuengirola, Vélez-Málaga, Torremolinos, Benalmádena, etc.
Traductor jurado a su disposición en la ciudad de Murcia, así como en el resto de municipios de la Región de Murcia: Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Alcantarilla, Mazarrón, Cieza, Águilas, etc.
Traductor jurado a su disposición en Palma de Mallorca, así como en el resto de municipios en las Islas Baleares: Calviá, Ibiza, Manacor, Lluchmayor, Marrachí, Santa Eulalia del Río, etc.
Traductor jurado a su disposición en Bilbao, así como en el resto de municipios limítrofes con Bilbao: Sondica, Zamudio, Basauri, Baracaldo y Galdácano.
Traductor jurado a su disposición en Las Palmas de Gran Canaria así como en el resto de municipios de las Islas Canarias: Santa Cruz de Tenerife, San Cristóbal de La Laguna, Telde, Arona, Santa Lucía de Tirajana, Arrecife, San Bartolomé de Tirajana, etc.
Y en todas las capitales de provincia:
- Traductor Jurado en A Coruña
- Traductor Jurado en Albacete
- Traductor Jurado en Alicante
- Traductor Jurado en Almería
- Traductor Jurado en Ávila
- Traductor Jurado en Badajoz
- Traductor Jurado en Burgos
- Traductor Jurado en Cáceres
- Traductor Jurado en Cádiz
- Traductor Jurado en Castellón de la Plana
- Traductor Jurado en Ceuta
- Traductor Jurado en Ciudad Real
- Traductor Jurado en Córdoba
- Traductor Jurado en Cuenca
- Traductor Jurado en Gerona
- Traductor Jurado en Granada
- Traductor Jurado en Guadalajara
- Traductor Jurado en Huelva
- Traductor Jurado en Huesca
- Traductor Jurado en Jaén
- Traductor Jurado en León
- Traductor Jurado en Lérida
- Traductor Jurado en Logroño
- Traductor Jurado en Lugo
- Traductor Jurado en Melilla
- Traductor Jurado en Orense
- Traductor Jurado en Oviedo
- Traductor Jurado en Palencia
- Traductor Jurado en Pamplona
- Traductor Jurado en Pontevedra
- Traductor Jurado en Salamanca
- Traductor Jurado en San Sebastián
- Traductor Jurado en Santa Cruz de Tenerife
- Traductor Jurado en Santander
- Traductor Jurado en Segovia
- Traductor Jurado en Soria
- Traductor Jurado en Tarragona
- Traductor Jurado en Teruel
- Traductor Jurado en Toledo
- Traductor Jurado en Valladolid
- Traductor Jurado en Vitoria
- Traductor Jurado en Zamora