Si usted tiene un divorcio obtenido fuera de España, debe hacer que sea reconocido para que tenga efectos legales aquí. Esto es necesario si quiere casarse, actualizar su estado civil o realizar trámites ante la administración. Si su divorcio es de la Unión Europea, suele reconocerse sin procedimiento especial. Si es de otro país, puede necesitar un exequátur o inscripción en el Registro Civil. Debe presentar la resolución firme, legalizada o apostillada y traducida al castellano. Las autoridades españolas revisan la validez formal y el respeto a sus derechos antes de aceptar el divorcio.

Jaime Carrión | LinkedIn
Este artículo se dirige a ciudadanos extranjeros que necesitan que su divorcio, ya declarado fuera de España, produzca efectos ante autoridades españolas.
Cuándo necesita que España reconozca su divorcio
Cuando una autoridad española le pide acreditar que su matrimonio anterior está disuelto y que usted puede obrar como persona divorciada en España.
Los casos más frecuentes son estos.
| Situación | Descripción |
| Casarse en España | Usted quiere casarse en España. En el expediente matrimonial, el Registro Civil puede pedir el certificado del matrimonio anterior con nota marginal de divorcio. Si no existe, puede pedir la sentencia de divorcio o nulidad con certificación de firmeza. |
| Divorcio de matrimonio inscrito en España | Usted ya tiene inscrito su matrimonio en España y necesita que conste el divorcio. La inscripción en España de resoluciones extranjeras exige que la resolución sea firme. |
| Trámite ante extranjería o administración | Usted tramita un procedimiento ante extranjería o ante otra administración española y aporta documentos extranjeros. La administración puede exigir legalización o apostilla y traducción al castellano, salvo que exista un convenio aplicable. |
| Reconocimiento de efectos del divorcio | Usted necesita que su divorcio tenga en España los mismos efectos que en el país donde se dictó. La norma española de reconocimiento parte de esa regla general. |
Marco jurídico que se aplica
El camino correcto depende, primero, de dónde se dictó el divorcio y, segundo, de qué tipo de documento tiene usted.
Divorcios dictados en otro Estado de la Unión Europea
Si su divorcio procede de un Estado miembro de la Unión Europea, rige el Reglamento (UE) 2019/1111.
Puntos clave:
· Reconocimiento sin procedimiento especial. Las resoluciones dictadas en un Estado miembro deben reconocerse en los demás sin trámite especial.
· Actualización del Registro Civil sin procedimiento especial, cuando se trate de resoluciones de divorcio, separación o nulidad que ya no admiten recurso en el Estado de origen.
· Documentación mínima para que una autoridad realice el trámite: copia auténtica de la resolución y el certificado apropiado.
· Causas de denegación limitadas: orden público, rebeldía sin notificación adecuada, e incompatibilidad con otra resolución, entre otras.
Si su divorcio en la UE consta en documento público o en acuerdo registrado con efectos vinculantes, el mismo Reglamento prevé su reconocimiento sin procedimiento especial y exige un certificado específico en el formulario del anexo VIII.
Divorcios dictados fuera de la Unión Europea
Si su divorcio viene de Marruecos, Colombia, Venezuela, Ecuador, Argentina, Perú, Brasil, Cuba, Ucrania, Honduras, República Dominicana o Reino Unido (en la mayoría de divorcios posteriores al Brexit), España aplica estas normas:
· Ley 29/2015, de cooperación jurídica internacional en materia civil, para el reconocimiento y, si procede, el exequátur.
· Ley 20/2011, del Registro Civil, para la inscripción registral de resoluciones judiciales extranjeras y de documentos extranjeros de estado civil.
España puede reconocer resoluciones judiciales extranjeras firmes y resoluciones definitivas dictadas en expedientes de jurisdicción voluntaria.
Reino Unido
Para divorcios de Reino Unido, el “punto de corte” práctico es el 1 de enero de 2021.
· En materia matrimonial, dejó de aplicarse el Reglamento (CE) 2201/2003 (Bruselas II bis) tras el fin del período transitorio.
· El Ministerio de Justicia indica que no existen convenios aplicables, debe regirse por normas nacionales internas de cooperación judicial internacional.
· Como régimen transitorio, el mismo documento recoge que el Reglamento (CE) 2201/2003 se aplica al reconocimiento de resoluciones dictadas en procesos judiciales incoados antes del final del período transitorio y a ciertos documentos y acuerdos formalizados antes de esa fecha.
Documentos que debe preparar

Antes de presentar nada en España, prepare toda la documentación necesaria.
Documento principal
Según cómo se haya producido el divorcio en su país, usted puede tener:
· Sentencia o resolución judicial firme de divorcio.
· Resolución de jurisdicción voluntaria definitiva.
· Documento público extranjero no judicial (escritura, acta u otro documento formalizado o registrado oficialmente).
En España, solo se inscriben sentencias y resoluciones extranjeras firmes.
Prueba de firmeza y si procede, de notificación
Si usted tramita exequátur, la Ley 29/2015 exige que su demanda vaya acompañada:
· Copia auténtica de la resolución extranjera.
· Documento que acredite la notificación o emplazamiento si la resolución se dictó en rebeldía.
· Documento acreditativo de firmeza y fuerza ejecutiva, si procede.
Legalización o apostilla
Como regla general, los documentos extranjeros se presentan en España:
· Apostillados si el país emisor es parte del Convenio de 1961 sobre apostilla.
· Legalizados por vía diplomática si el país no es parte.
Traducción oficial al castellano
En el Registro Civil, si los documentos no están redactados en español deben ir con traducción jurada efectuada por órgano o funcionario competente. Si su objetivo es casarse en España y usted no comprende español, algunas oficinas exigen traductor jurado para el expediente.
Cómo tramitar el reconocimiento en España
Usted debe elegir el cauce correcto. El criterio es simple: UE frente a un tercer Estado. Luego, inscripción directa frente a exequátur.
Si su divorcio procede de la Unión Europea
Siga este orden:
1. Solicite una copia auténtica de la resolución en el país de origen.
2. Solicite el certificado previsto para resoluciones en materia matrimonial (anexo II), que expide el órgano jurisdiccional de origen a instancia de parte.
3. Prepare traducción si la autoridad en España la exige.
4. Presente resolución y certificado ante la autoridad española que lo requiera.
Para actualización del Registro Civil basada en una resolución firme de divorcio dictada en otro Estado miembro, el Reglamento (UE) 2019/1111 declara que no se requiere procedimiento especial.
Si su divorcio viene como documento público o acuerdo registrado en un Estado miembro (caso posible en algunos sistemas), pida el certificado del anexo VIII. Sin ese certificado, no se reconoce en otro Estado miembro.
Si su divorcio procede de un país no perteneciente a la Unión Europea
Existen dos vías principales en España para que el divorcio sea oponible ante autoridades españolas y, cuando proceda, para que se inscriba en el Registro Civil.
Vía judicial por exequátur
La Ley 29/2015 llama “exequátur” al procedimiento para declarar el reconocimiento de una resolución judicial extranjera y, si procede, autorizar su ejecución.
Pasos operativos:
| Paso | Descripción |
| Determinar el juzgado competente | La competencia corresponde al Juzgado de Primera Instancia del domicilio de la parte frente a la que se solicita el reconocimiento o del domicilio de la persona a quien se refieren los efectos. Si no es posible, se atiende al lugar donde la resolución deba producir efectos. |
| Presentar demanda de exequátur | Debe actuar con procurador y letrado. Puede acumular reconocimiento y ejecución en el mismo escrito si su caso lo exige. |
| Aportar los documentos exigidos por la ley | Debe aportar copia auténtica legalizada o apostillada, prueba de notificación si hubo rebeldía, documento de firmeza y traducciones pertinentes. |
| Esperar el traslado y posible oposición | Admitida la demanda, se da traslado a la parte demandada para oponerse en el plazo de treinta días. |
| Intervención del Ministerio Fiscal | El Ministerio Fiscal interviene siempre en estos procesos. |
| Resolución judicial y recursos | El juzgado resuelve por auto. Contra el auto de exequátur cabe recurso de apelación. |
Qué controla el juez español:
· Causas de denegación como orden público, infracción de derechos de defensa, falta de conexión razonable de competencia, incompatibilidad con resolución española o previa, y litispendencia anterior en España.
· Prohibición de revisar el fondo del asunto.
Vía registral directa ante el Registro Civil
Esta vía es relevante cuando usted necesita que el divorcio figure como asiento registral o cuando el trámite que le ocupa gira en torno al estado civil.
La Ley del Registro Civil permite instar la inscripción de resoluciones judiciales extranjeras firmes:
· Tras exequátur, o
· Directamente ante el Encargado del Registro Civil, que inscribe si verifica una serie de requisitos.
En concreto, el Encargado verifica:
· Regularidad y autenticidad formal de los documentos.
· Competencia internacional del tribunal de origen con criterios equivalentes.
· Notificación a las partes con tiempo suficiente.
· Compatibilidad con el orden público español.
Si el Encargado deniega, la Ley prevé que los interesados puedan:
· Solicitar exequátur, o
· Interponer recurso ante la Dirección General competente en materia registral.
Primeros documentos que suelen “mover” el expediente registral:
· El propio Registro Civil exige traducción y legalización de documentos extranjeros, con los matices previstos en la Ley.
Si su divorcio consta en documento público no judicial
Algunos sistemas emiten el divorcio como documento público no judicial.
Cuando no hay sentencia, la Ley del Registro Civil trata el “documento extranjero extrajudicial” como título inscribible si se cumplen, entre otros, estos requisitos:
· Autoridad extranjera competente.
· Funciones equivalentes a las españolas en esa materia.
· Validez del acto conforme al Derecho internacional privado español.
· No hay incompatibilidad manifiesta con el orden público español.
Qué cambia después del reconocimiento
Cuando España reconoce su divorcio, la resolución puede producir en España los mismos efectos que en el Estado de origen.
Si su objetivo es una actuación ante el Registro Civil o un matrimonio posterior en España, la utilidad práctica es clara.
· En expedientes matrimoniales, el Registro Civil puede exigir acreditación documental del divorcio, con firmeza, y documentos extranjeros apostillados o legalizados y traducidos.
· Si su divorcio se dictó en país distinto de su nacionalidad, algunas oficinas piden certificado consular que acredite que ese divorcio es válido en su país y que usted puede contraer nuevo matrimonio.
En todo reconocimiento, España controla siempre cuestiones básicas de garantías y compatibilidad:
· Orden público.
· Notificación y derecho de defensa, con especial atención a resoluciones en rebeldía.
· Incompatibilidad con otras resoluciones.
Y España no revisa el fondo del divorcio.
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